Si
eres
jóven
y
tienes
pensado
comprar
una
vivienda,
igual
debes
esperar
al
año
que
viene,
ya
que
el
Estado
ha
establecido
unas
ayudas,
en
el
Plan
Estatal
de
Vivienda,
que
entrarán
en
vigor
en
2018,
y
que
supondrán
hasta
10.800
euros
con
el
límite
del
20%
del
precio
de
adquisición.
Es
decir,
imaginemos
una
vivienda
de
50.000
euros.
El
20%
del
precio
de
adquisición
es
de
10.000
euros.
En
este
caso,
el
beneficiario
optaría
a
una ayuda máxima de 10.000 euros.
Los requisitos que se deben cumplir son los siguientes:
1.- Ser
menor de 35 años
en el momento de la solicitud.
2.-
Hogares
con
ingresos
inferiores
a
tres
veces
el
IPREM
(Indicador
Público
de
Renta
de
Efectos
Múltiples)
que
está
fijado
actualmente
en
532
euros x 3 =
1.596.-€
al
mes.
3.-
La
vivienda
deberá
ser
el
domicilio
habitual
durante
5
años,
esto
se
pone
para
que
los
especuladores
no
puedan
comprar
una
vivienda,
coger la ayuda y vender la casa, con el beneficio del margen de la ayuda.
4.-
No
pueden
acceder
a
estas
ayudas
quienes
sean
propietarios
de
otra
vivienda
o
tengan
el
usufructo
de
la
misma,
salvo
que
puedan
acreditar
que
no
pueden
disponer
de
la
misma
por
causas
ajenas
a
su
voluntad
(divorcio,
separación…).
Igual
que
en
el
requisito
anterior,
la
ayuda no se concederá para especulaciones inmobiliarias, sino para comprar la vivienda habitual.
Además
de
la
ayuda
a
la
compra,
se
establece
otra
ayuda
para
los
jóvenes
menores
de
35
años,
para
alquilar
una
vivienda
y
emanciparse
de
la
casa
familiar.
Así
el
Estado
establece
que
los
jóvenes
que
gasten
en
alquiler
de
vivienda
menos
de
600.-€,
900.-€
en
casos
justificados,
podrán solicitar una ayuda del 50% del valor del alquiler, pudiendo ser 3.600.-€ de ayuda al año, durante el plazo de 3 años.
Para poder acogerse a esta ayuda para el alquiler de vivienda, se deben cumplir los siguientes requisitos:
1.- Hogares con
ingresos inferiores a
tres veces el IPREM (532 euros x 3 =
1.596.-€ al mes
).
2.- La vivienda arrendada debe ser el
domicilio habitual durante el periodo de la ayuda.
3.-
No
pueden
acceder
a
estas
ayudas
quienes
sean
propietarios
de
otra
vivienda
o
tengan
el
usufructo
de
la
misma,
salvo
que
puedan
acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)
Lo
malo
de
estas
ayudas
es
que
la
Administración
saca
la
Ley
y
da
un
plazo
de
15
días
para
presentarlas,
por
lo
que
os
aconsejamos
estéis
pendientes de nuestras publicaciones, donde os avisaremos del plazo y os ayudaremos, si lo necesitáis, a solicitar las ayudas.
Como siempre, quedamos a vuestra entera disposición para cualquier cosa que podáis necesitar, un saludo.
Mónica Santos Pérez
Área de Fiscalidad Nacional e Internacional de Rojumar Asociados
¿Tienes pensado comprar una casa? Igual debes esperar.
Mónica Santos Pérez
Área Fiscalidad Nacional e Internacional de Rojumar Asociados
5 JULIO 2017
Si tienes pensado comprar una vivienda, eres menor de 35
años y tienes ingresos inferiores a 1.596.-€ al mes, te interesa
mucho leer este articulo, ya que puedes optar a una ayuda para
la adquisición de la vivienda de hasta 10.800.-€, con el límite
del 20% del precio de adquisición.
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